Micelio
Auto26 de marzo de 2014

A- de 2014

Ponente Gabriel Eduardo Mendoza Martelo

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Proyecto De Ley Estatutaria Sobre Derecho Fundamental A La Salud
  • Fijar fecha para celebración audiencia previa a la decisión de fondo del asunto e invitar a participar de la misma a diferentes personas, instituciones, entidades y autoridades
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Teniendo en cuenta la importancia, la trascendencia y el interés general que implica el análisis y revisión de constitucionalidad del proyecto de Ley Estatutaria 209/13 Senado y 267/13 Cámara, por medio de la cual se regula el derecho fundamental a la salud y se dictan otras disposiciones, la Sala Plena de la Corporación, con el presente auto, fija fecha para la celebración de una audiencia previa a la decisión de fondo del asunto e invita a participar de la misma a diferentes personas, instituciones, entidades y autoridades.

Se establece como fecha para la precitada audiencia el día 10 de abril de 2014.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (8 puntos)
  1. PRIMERO. Por Secretaria General, citese a audiencia publica el dia diez (10) de abril del ano dos mil catorce (2014), a las nueve de la manana (9: 00 a.m.), en las instalaciones del Palacio de Justicia, Sala de Audiencias, Consejo de Estado, a las personas relacionadas en el considerando 19 de este Auto.
  2. SEGUNDO. A cada expositor se le concedera el uso de la palabra por el termino que se senale en la agenda a establecer.
  3. TERCERO. Cada uno de los expositores presentara un resumen escrito de su intervencion a la Secretaria General de esta Corporacion.
  4. CUARTO. Por Secretaria General REMITASE el temario incluido en el considerando 20 de este Auto a todos los ciudadanos y funcionarios invitados. La Secretaria General debera advertir que en la intervencion los invitados deberan tratar los asuntos indicados en el temario y que la Corte podra formular preguntas a partir de cada exposicion. De la misma forma, la Secretaria advertira a los invitados la hora prevista para su intervencion.
  5. QUINTO. PONER A DISPOSICION el expediente para su consulta y fotocopia por los citados e invitados a la audiencia publica.
  6. SEXTO. PUBLICAR esta providencia en el sitio Web de la Corte Constitucional y disponer lo pertinente por la Jefatura de Prensa de esta Corporacion para su transmision por television abierta y videoconferencia por Internet. Asi mismo, solicitar la colaboracion de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura para que publique en su respectiva pagina Web el contenido de esta providencia.
  7. SEPTIMO. CONVOCAR la asistencia de la ciudadania a la audiencia. En atencion a las limitaciones de espacio, las personas interesadas en asistir deberan inscribirse, con su nombre completo, numero de cedula, ocupacion, domicilio, e indicar la entidad a la que pertenecen en caso de que asi sea, ante la Secretaria General de la Corte Constitucional a mas tardar el dia 2 de abril de 2014, a las 4:00 p.m. Para tal efecto las inscripciones podran realizarse personalmente o por correo, via fax al numero 3366822 o mediante correo electronico a la direccion angelasr@corteconstitucional.gov.co.
  8. OCTAVO. Proceda la Secretaria General de la Corte Constitucional de conformidad con lo dispuesto en cada uno de los numerales anteriores, acompanando copia integral de este proveido.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.